II Convenio Colectivo Artistas: más profesiones, dietas, desplazamientos y hoteles para actuaciones y giras

El II Convenio Colectivo de Artistas, Músicos y DJs amplía a “locales de ocio y espectáculos” su denominación y suma, además del nuevo y aún sin llegar “contrato artístico de duración determinada”, nuevas categorías profesionales.

Las de DJ Música electrónica/Live y DJ Selector se suman a la de Disc Jockey o Cantautor. Además, contarán por primera vez con dietas para los ‘bolos’ y giras, y su adaptación a la nueva normativa legal para artistas. Pero no son las únicas novedades.

El convenio de 2012 hablaba poco de los músicos

El anterior convenio colectivo data de 2012, tiempo en el que sólo ha habido actualizaciones salariales, por lo que el nuevo marco laboral tras meses de negociación entre la representación social y la patronal supone una profunda renovación y actualización a los cambios legales y profesionales de unas actividades laborales que abarcan aspectos que van desde la hostelería a espectáculos artísticos, sumando los espectáculos

El Convenio regula la relación de trabajo de todas las empresas del sector (festivales, salas, bares musicales…) y todas las personas trabajadoras (músicos, bailarines, cantantes, técnicos, serv. aux.,..)

Garantía del poder adquisitivo y nuevas categorías profesionales

En el apartado salarial, el nuevo convenio, firmado por la FSC-CCOO, FeSMC-UGT, Conarte y la Unión de Actores y Actrices y la patronal España de Noche (antes FASYDE), además de participar en las negociaciones CST-Músicos, se actualizan las tablas con el IPC real, al que suma 0,25%, garantizando el poder adquisitivo de los trabajadores y las trabajadoras para el ámbito temporal del acuerdo, 2023-2025.

Además, el texto del convenio incluye nuevas categorías profesionales como Cantautor o Disc Jockey Selector / Residente y Disc Jockey Live / de Música Electrónica. Estas sustituyen y definen las que ya existían en convenios anteriores, contrariamente a lo que dieron a entender, el representante en el convenio de la patronal España de Noche (antes Fasyde), y los dirigentes de la Asociación Española de DJs y Productores (ADEYP).

También Light jockey, Video jockey/Visuales, Monologuista y Bartender de coctelería fueron nuevas categorías propuestas, aprobadas e incluidas.

Como novedad se establece la reducción de la jornada laboral para el personal técnico y personal de sala y administrativo de las actuales 1.800 horas actuales, con una distribución semanal de 40 horas, para progresivamente reducirla a 36 horas en 2025.

El convenio no “convierte” a los DJ’s en artistas pues lo son “de toda la vida”. En el convenio de 2012 ya aparecía como profesión

ADEYP, como asociación de autónomos no podía participar en las negociaciones del Convenio ni aportó propuesta alguna al texto del mismo, ni prueba de que lo hubieran hecho, como afirmaron miembros de su junta directiva en una reciente rueda de prensa en la SGAE de Barcelona.

"Queremos remarcar que atribuirse, como hace AEDYP, el protagonismo del “logro” de los cambios y las actualizaciones realizados en este Convenio, en relación con la profesión del DJ, así como los de otros artistas compañeros de espectáculos, espacios, escenarios y cabinas, como son los Light Jockey y los Video Jockey, al mismo tiempo que amplía el mérito de dichos cambios al representante de la parte empresarial en la negociación del convenio, y lo que es peor, sin mencionar a ninguno de los compañeros del bloque social, es, de nuevo, falso de solemnidad pues AEDYP no participa en ningún momento en ninguna reunión de la negociación colectiva, ni presenta una sola propuesta como demuestran las actas de las reuniones, así como la del acuerdo de negociación de fecha 2 de febrero de 2022. Este comportamiento delata el escaso conocimiento de los miembros de la junta directiva acerca de convenios y negociación colectiva, además de ser poco respetuosa con el colectivo."
Escribieron en una carta abierta al presidente de los DJs autónomos la Junta de Gobierno del sindicato CST-M
Dirigentes de ADEYP aplauden, agradecidos, al presidente de la patronal "porque ya somos legalmente artistas" durante una presentación calificada de "improcedente" por CST-Músicos.
Una imagen “vergonzosa” según fuentes del sindicato Coordinadora. En la sede de SGAE de BArcelona, la Junta Directiva de ADEYP aplaude al presidente de la patronal España de Noche. Le agradecen que llevase a la negociación del convenio unas propuestas que no habían hecho. Como se conoció más tarde, celebraban una mentira, conocida por todos los de la mesa.

Ante una audiencia compuesta por miembros y simpatizantes de esta asociación de disc jockeys, autónomos, entonaron el confuso eslogan, “el DJ ya es oficialmente artista“, que retumbó algunos días después en los medios de comunicación, y que fue ampliamente criticado entre la gran mayoría de los profesionales.

Negociadores del II Convenio Colectivo FSC-CCOO, FeSMC-UGT, Conarte y la UAA y la patronal España de Noche, antes FASYDE. Las negociaciones contaron, por primera vez en la historia del convenio, con la presencia de un representante sectorial de músicos, artistas y DJ's: CST-Músicos.
Negociadores del II Convenio Colectivo FSC-CCOO, FeSMC-UGT, Conarte y la UAA y la patronal España de Noche, antes FASYDE. Las negociaciones contaron, por primera vez en la historia del convenio, con la presencia de un representante sectorial de músicos, artistas y DJ’s: CST-Músicos.

Fue durante una presentación en la SGAE en Barcelona en la que se adjudicaron la paternidad de los logros alcanzados en el nuevo texto del Convenio Colectivo que afecta, entre otros, a artistas, músicos y DJ’s, “sin haber participado ni aportado una sola propuesta como puede verse en las actas”.

La irrupción de esta Asociación, calificada de “improcedente” por CST-Músicos en el escenario, del Convenio, “ha ensuciado el papel sobre el que están escritas, y no por ellos, las condiciones mínimas en las que otros compañeros, los que trabajan por cuenta ajena, pueden hacerlo en régimen laboral (contrato, alta, salario/caché, nómina); no mercantil (contrato y factura) como es la de ellos”.

Cuando se actualiza este artículo, tres meses después de la “extraña e irregular” presentación pública del Convenio, como la califica este representante de la Coordinadora Sindical, ya que en sus 12 años de vida jamás se había realizado, continúan sin conocerse las razones que movieron a la patronal y a una asociación de autónomos artistas a “apropiarse” del documento colectivo, tergiversando su contenido.

“El convenio colectivo de 2023 no “convierte” a los DJ’s en artistas. Muchos de nosotros, músicos, compartimos escenarios con ellos desde hace más de 25 años en discotecas y salas de conciertos. Son artistas “de toda la vida” además de que ya aparecen reconocidos e incluidos como categoría profesional en el convenio en 2012.

José Castillo. Músico, Compositor, Autor, DJ, Productor de música electrónica. Propietario y fundador del sello Gladio Operations de techno.   y de la promotora Holy Craps. Castillo es miembro de la Junta de Gobierno de la Coordinadora Sindical de Trabajadores/as Músicos, en siglas CST-Músicos y responsable de la Secretaría de Culturas y Ocio Nocturno

José Castillo. Músico, DJ y productor de música electrónica. Es miembro de la Junta de Gobierno de CST-Músicos y responsable de la Secretaría de Culturas y Ocio Nocturno del sindicato.

“La propia Coordinadora es el primer sindicato que en todos sus documentos fundacionales, así como en sus estatutos incluye a los DJ’s, siendo nombrados de forma explícita junto a músicos y artistas, como muestra inequívoca de todo lo que nos une e iguala profesionalmente”, afirma este representante.

Nuevos contratos y pagos por desplazamientos, dietas y hoteles en actuaciones de ‘bolos’.

También se establece que los contratos de trabajo del personal artístico se ajusten a la nueva regulación laboral del trabajo artístico aprobada el año pasado (RD-L 5/2022 de 22 de marzo), además de incluir por primera vez el pago por desplazamientos, dietas y pernocta para actuaciones de bolos y giras, sin olvidar la retribución a los artistas por comercializar por la grabación, emisión, transmisión, puesta a disposición o distribución de los espectáculos.

Portada de la publicación del Real Decreto 1435/1985 por la que se regula la relación laboral especial de los artistas en espectáculos públicos

Una década después, un nuevo convenio y un negociador más

Doce años ha tardado un sindicato sectorial de músicos en participar en la comisión negociadora del convenio colectivo del sector. Durante este tiempo, han sido los dos grandes sindicatos de clase, CC.OO y UGT, concretamente las Federaciones de Comunicación, Artes, Cultura, Ocio y Deporte FSC-CC.OO y la de Servicios, Movilidad y Consumo FeSMC-UGT, quienes han venido hablando de las cosas de los músicos y los artistas.

El II Convenio Colectivo Estatal del Personal de Salas de Fiesta, Baile, Discotecas y Locales de Ocio y Espectáculos. El sindicato CST-Músicos, alcanza uno de los objetivos que se marcó con su fundación en 2018: actuar, como sindicato representativo de los músicos en la negociación colectiva del convenio estatal que regula las condiciones de trabajo de estos trabajadores
El sindicato CST-Músicos, alcanza uno de los objetivos que se marcó con su fundación en 2018: actuar, como sindicato representativo de los músicos en la negociación colectiva del convenio estatal que regula las condiciones de trabajo de estos trabajadores

Actores, actrices, directores de escena, regidores, bailarines/as o los trabajadores del flamenco (bailaores, tocaores, palmeros etc.) han estado, además, representados en un convenio en el que, por sus acentos y sus olvidos, parecía más de Artes Escénicas y de Audiovisuales.

Por si el lector se lo está preguntando, sí… “cada uno de ellos, tiene su propio convenio, además del nuestro, claro”, se quejaba un portavoz de la Coordinadora a esta redacción.

El II Convenio Colectivo Estatal del Personal de Salas de Fiesta, Baile, Discotecas y Locales de Ocio y Espectáculos

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Tablas salariales 2023 – 2025

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Una nueva etapa: ninguna actuación sin contrato ni alta

Durante más de 40 años de actividad, las empresas de la patronal de salas no han cumplido con la normativa y la legalidad vigente en materia de contratación y de laboralidad en espectáculos públicos, con músicos y artistas.

Así, han contravenido lo señalado en el artículo segundo. uno e) del Estatuto de los Trabajadores que considera relación laboral de carácter especial la de los artistas en espectáculos públicos, y, consecuentemente, no les han dado de alta en el Régimen General Especial de Artistas.

Y tampoco han cumplido con el propio Convenio Colectivo, mediante la utilización del falaz e inútil argumento de “este convenio no es el nuestro”.

Redacción del convenio colectivo que alude a las empresas y establecimientos afectados por el mismo

Sin embargo, la patronal de salas de conciertos ACCES continúa exigiendo a músicos, artistas y DJ’s dinero en concepto de alquiler por la sala, el equipo y los servicios del técnico o porcentaje de la taquilla, además del total o un 80% de la bebidas, tras descontar el coste de las mismas. En total, una suma que justifique el uso de sus espacios, escenarios y cabinas, equipos, personal de sala y puerta.

La patronal de salas de conciertos ACCES, ninguna cumple el Convenio Colectivo
Foto de familia del XVII Congreso Estatal ACCES en Murcia (Fuente: Facebook ACCES)

CST-Músicos ha mostrado “satisfacción” por la firma de este nuevo Convenio, “siempre que se cumpla y que se haga cumplir”. “Lamentablemente” pero donde la representación empresarial ha demostrado responsabilidad a la hora de mejorar las condiciones laborales demandadas por los sindicatos.

Fuente: FSC-CCOO y Redacción La Coordinadora

Actualización: 18 agosto 2023.

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2 respuestashasta ahora.

  1. Paolo dice:

    En 35 años como músico, creo que esto está todo mal…
    Primero: Un Dj NO PUEDE TENER UN SALARIO BASE MAYOR A UN MÚSICO!!! PINCHA LO QUE HEMOS GRABADO… RIDICULO
    Segundo: SI EL MÚSICO O ARTISTA PRESTA SERVICIOS A UNA EMPRESA PRIVADA DENTRO DE RAMO DE HOSTELERÍA, DEBE ENTRAR EN EL CONVENIO DE HOSTELERÍA! He ganado un par de juicios a empresas de hostelería, y los mismos Jueces en sus sentencias,a razón de despidos y vacaciones se basan en el convenio)
    Tercero: Vale… Un mínimo en el salario base, hay unos mejores y otros no tan mejores, el salario varía dependiendo de la calidad del artista…
    En fín… NO se quien a mediado esto, pero evidentemente que NO son los artistas… Las agencias o representantes, NO deberían de intermediar en el ámbito privado de hostelería, son eventos por empresas privadas, son las que deben contratar… Ya en el ámbito público es diferente,es más recuerdo que la ley sólo permitía entrar a estos en el ámbito público

    POR FAVOR AYUDA AL ARTE Y NO A LOS INTERMEDIARIOS QUE SE LLENAN LOS BOLSILLOS A COSTA DE LOS QUE HEMOS ESTUDIADO Y DEDICADO AL ARTE DURANTE AÑOS!!!

    • El “Arte”, Paolo, son precisamente los intermediarios escondidos. ARTE, CULTURA, MÚSICA son las palabras, gruesas y grandilocuentes, tras las que continúan escondiéndose los peores empresarios para que el saqueo a los fondos públicos en tu nombre y otros sea legitimado y sólo obre en su beneficio. Te respondemos

      1) “UN Dj NO PUEDE TENER UN SALARIO BASE MAYOR A UN MÚSICO!!! PINCHA LO QUE HEMOS GRABADO… RIDICULO”. Bueno, es el Cpnvenio que nos encontramos cuando llegamos. Y aunque no nos han dejado hacerlo antes. Es cierto qiue la única patronal era la de los DJs, y… Lo que hay que hacer es “volar” lads tablas mediante la discusión previa, Paolo. Previa, nunc despuñes.
      2) “SI EL MÚSICO O ARTISTA PRESTA SERVICIOS A UNA EMPRESA PRIVADA DENTRO DE RAMO DE HOSTELERÍA, DEBE ENTRAR EN EL CONVENIO DE HOSTELERÍA!” Este Convenio, t.ly/U0HQa, es diferente del de Hostelería. Léelo con detenimiento. No hay Restauración. Y en el de Restauración, no hay Espectáculo ni Músicos -> t.ly/bcwZC

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