Cotiza tu actuación / sesión como trabajador por cuenta ajena, nunca factures

Si te impiden cotizar tu trabajo por cuenta ajena porque te obligan a facturar como autónomo para pagarte lo poco te toque cobrar, es una ilegalidad con la que además arruinan tu futuro.

Lo que te contamos forma parte del Manual de Resistencia del Trabajador MúsicoArtistaDJ que redacta actualmente el sindicato CST-Músicos para la formación de las trabajadoras y trabajadores artistas contra las mentiras de los empresarios.

Que no falte en ninguna furgo, que se convierta en salmos y se cante en los escenarios. Demuestra que formas parte de una nueva generación de músicos, artistas y técnicos que no está aquí para ser esclavo de nadie.

Afiliación

Los trabajadores del colectivo de artistas están integrados en el Régimen General de la Seguridad Social, se rigen por las normas comunes de este Régimen a excepción de ciertas particularidades relacionadas con la cotización.

El empresario, obligado a solicitar la afiliación

La afiliación de los artistas como trabajadores por cuenta ajena incluidos en el Régimen General de la Seguridad Social, debe ser realizada a instancia del empresario, que está obligado a solicitar la afiliación al sistema de Seguridad Social de aquellos trabajadores que comiencen a prestar servicios para su empresa y no estén afiliados.

El empresario debe solicitar las altas, bajas y variaciones de datos

Asimismo, las altas, bajas y variaciones de datos de los trabajadores del colectivo de artistas deben ser solicitadas por el empresario, sin que exista ninguna diferencia en cuanto a plazos y forma respecto de los trabajadores del Régimen General.

En abril de 2020, CST-Músicos denunció que las ayudas por la pandemia solo alcanzarían al 10%, como así ocurrió. El sindicato señaló “el fraude laboral endémico, constante y aceptado” como el responsable.

Estos son todos los empresarios a los que la Seguridad Social obliga a dar de alta a los artistas

Los empresarios que deben asimilarte, y darte de alta y baja son todos los incluidos en el Convenio Colectivo del sector, el que regula los espectáculos públicos: el Convenio Colectivo Estatal del Personal de Salas de Fiesta, Baile, Discotecas, Locales de Ocio y Espectáculos de España.

Seguro que trabajas a menudo con esos empresarios en sus locales, salas, discotecas, bares, espacios… Con toda probabilidad, te “invitarán” a tocar, a que subas a la cabina al siguiente jueves para probar o a que hagas una “fiesta como promotor”. Y en todos los casos, al final, si te dan algo de dinero, te pedirán factura. No lo hagas, tampoco aceptes ese “trabajo”, porque no lo es, ni la factura pues te convertirían en falso autónomo.

La Sala El Sol en la calle Jardines (Madrid) está ligada por la propiedad con la Sala Siroco. Sus propietarios, fundadores de La Noche en Vivo, han sido los responsables de la aparición de ACCES en Barcelona, la patronal estatal de las salas de conciertos de pequeño y mediano aforo.

Sala El Sol (Madrid)

Todas aquellas empresas y establecimientos dedicados a la actividad propia, tales como, salas de fiesta, salas de baile, salas de variedades, discotecas, salas de música en vivo (a título enunciativo y no limitativo salas de conciertos, clubes de música, bares musicales, café concierto, café cantante, café teatro, salas de variedades y folclóricas), tablaos flamencos y similares tal como se establece en el anexo II, así como aquellas actividades complementarias, conexas o similares, siempre y cuando la actividad principal sea el baile, el espectáculo público, musical, variedades, etc., tanto en espacios al aire libre como cubiertos. Se incluyen también espectáculos de danza y actuaciones de orquestas y bandas musicales profesionales y cualquier empresa que contrate con artistas mencionados en los Grupos A, B y C, incluyendo parques temáticos, establecimientos hoteleros, espacios para fiestas populares, etc.

Asimismo afectará a las empresas, sea cual fuere el lugar, local o denominación de las mismas, que contraten a las personas trabajadoras que desarrollen las actividades antes mencionadas, ya sean personas naturales o jurídicas, españolas, comunitarias o extranjeras.

Qué eres, qué haces, y en dónde y quién te engaña. Descarga la imagen y fíjala en su WC

MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
8673 Resolución de 24 de marzo de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por
la que se registra y publica el Convenio colectivo estatal del personal de salas
de fiesta, baile, discotecas, locales de ocio y espectáculos de España.

Artículo 1. Ámbito de aplicación.
El presente Convenio Colectivo regula la relación de trabajo de todas las empresas
del sector así como a las personas trabajadoras encuadradas en los siguientes grupos:
Grupo A: Responsables artísticos en general: coreografía, dirección de escena u
orquesta, maestros de baile, dirección artística, escenografía, diseño de luces,
presentadores, así como jefaturas técnicas.
Grupo B: Personal artístico: toda persona que represente, cante, lea, recite,
interprete o ejecute en cualquier forma una obra musical, literaria, dramática,
coreográfica o de cualquier otro género, tales como músicos instrumentistas y cantantes
en todos los géneros y especialidades musicales, bailarines en todos los géneros
coreográficos, especialmente artistas en tablaos flamencos, disc-jockeys, monologuistas,
declamadores.
Grupo C: Técnicos: incluirá al personal técnico audiovisual, técnico de sonido, de
luminotecnia, caracterización, vestuario, y escenografía.
Grupo D: Personal de Sala y Administrativo: Se incluirá el personal de
mantenimiento, de admisión y control, de relaciones públicas, merchandising,
administrativo, y personal de dirección.
En este sentido, estarán afectados por este acuerdo todas aquellas empresas y
establecimientos dedicados a la actividad propia, tales como, salas de fiesta, salas de
baile, salas de variedades, discotecas, salas de música en vivo (a título enunciativo y no
limitativo salas de conciertos clubes de música, bares musicales, café concierto, café
cantante, café teatro, salas de variedades y folclóricas), tablaos flamencos y similares tal
como se establece en el anexo II, así como aquellas actividades complementarias,
conexas o similares, siempre y cuando la actividad principal sea el baile, el espectáculo
público, musical, variedades, etc., tanto en espacios al aire libre como cubiertos. Se
incluyen también espectáculos de danza y actuaciones de orquestas y bandas musicales
profesionales y cualquier empresa que contrate con artistas mencionados en los Grupos
A, B y C, incluyendo parques temáticos, establecimientos hoteleros, espacios para
fiestas populares, etc.
Asimismo afectará a las empresas, sea cual fuere el lugar, local o denominación de
las mismas, que contraten a las personas trabajadoras que desarrollen las actividades
antes mencionadas, ya sean personas naturales o jurídicas, españolas, comunitarias o
extranjeras.
El catálogo y definiciones que figuran en el anexo III recoge, sin carácter exhaustivo,
los espectáculos públicos y establecimientos afectados por el presente convenio.
Quedan excluidos del ámbito de este convenio los espectáculos teatrales, desarrollados
en salas de teatro y/o cines, así como las actividades ligadas a la producción
audiovisual

Amarillo: trabajadores músicos, artistas, DJ’s y otros, de un grupo standard. Rojo: empresas y establecimientos, tipo de espectáculos y todas las personas que contraten con personas y actividades mencionadas. Verde: exclusión de las producciones de AAEE y audiovisuales, y de sus espacios de exhibición. Pinchando en la imagen podrás descargar el PDF del BOE

Excluidos el teatro y las producciones audiovisuales en salas de teatro y cines

En el Convenio se detalla manera explícita no están incluidos los espectáculos teatrales, desarrollados en salas de teatro y/o cines, así como las actividades ligadas a la producción audiovisual. El sector de las artes escénicas tien su propio convenio.

Luis García (Zaqarbal)
Luis García (Zaqarbal)

El Nuevo Teatro Apolo, espacio asociado en la Asociación de Productores y Teatros de Madrid APTEM y uno de los 6 teatros que la patronal de las salas de conciertos de la región de Madrid, Madrid en Vivo, incluye también entre los suyos.

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